La transparencia en la contratación pública
La nueva Ley de contratos del sector público exige justificar la necesidad del contrato, así como el modelo de contrato y de licitación escogidos, además de analizar la conveniencia del contrato, incorporando los aspectos financieros. Se trata de:
- Evitar la improvisación o las prácticas de “repetición” que no valoran la mejor forma de satisfacer la necesidad pública.
- Preservar una licitación en condiciones de igualdad y la correcta satisfacción del interés público.
- Dar a conocer información y velar por que todos los interesados en las licitaciones tengan la misma información a la hora de elaborar sus ofertas y por consiguiente impere entre ellos una igualdad de oportunidades para ser adjudicatarios, evitando el secretismo, facilitando la competencia y generando una concurrencia efectiva entre quienes presenten una oferta en la que se garantice la imparcialidad en el procedimiento de adjudicación.
Publicidad y transparencia, de la mano
El objetivo final, por tanto, es lograr una mayor trasparencia en los procedimientos de contratación pública desde perspectivas diversas, de ahí:
- La necesaria justificación y motivación del procedimiento elegido.
- La detallada información que debe publicarse en el perfil del contratante, alojado obligatoriamente en la Plataforma de Contratación del Sector Público. No debe olvidarse a este respecto que la publicidad en el Boletín Oficial ya no será obligatoria y sí gratuita. No obstante, los contratos sometidos a regulación armonizada deberán ser objeto de publicidad en el DOUE.
- Surtirá efectos la publicación de anuncios u otra información relativa a los contratos del sector público cuando estén alojados en la Plataforma de Contratación del Sector Público o servicios autonómicos de información similares. Este punto cobra especial relevancia, dado que la falta de publicación en la plataforma implicará un vicio de nulidad de pleno derecho.
Por último, la trasparencia servirá también como mecanismo de rendición de cuentas y así ofrecer información a los ciudadanos de cómo se gestiona la contratación pública. En el portal de trasparencia contractual debe contenerse la información relativa a todo contrato público.